El pasado jueves se dieron a conocer los protocolos de bioseguridad a seguir tras la apertura de las fronteras y los aeropuertos del país. Las personas que realicen viajes internacionales y quienes ingresen al país deberán seguir lineamientos con el fin de prevenir contagios por coronavirus.
Transportarse por vía aérea: Los aeropuertos solicitarán un comprobante de la prueba PCR con resultado negativo, de no más de 72 horas máximo de haberse realizado previas al vuelo. Esta se pedirá a personas de 10 años en adelante.
EL uso de mascarilla es s obligatorio para mayores de 2 años en adelante. Se exceptúa del uso de mascarilla a pasajeros con dificultades respiratorias o cognitivas severas que no las toleren.
Quienes viajen desde territorio nacional deberán cumplir los requerimientos del país de destino.
Debe permanecer en las áreas con el debido distanciamiento al menos de 1.5 metros.
Se permitirá únicamente el ingreso de los pasajeros al aeropuerto. Los acompañantes serán permitidos en caso de una necesidad especial.
Los pasajeros nacionales que pueden ser casos sospechosos y sus contactos serán trasladados con asistencia de COE al Centro de Aislamiento (el caso) y de cuarentena el contacto.
Cabe señalar que se prohibirá el ingreso a Guatemala a pasajeros internacionales que desarrollen síntomas durante el vuelo.
Transportarse vía Terrestre: Los pasajeros requerirán la prueba PCR negativa con no más de 72 horas previas, a personas de 10 años en adelante.
Registro de información personal para seguimiento y monitoreo.
El uso de mascarilla es obligatorio para personas mayores de 2 años.
Quienes vayan a salir del país deben cumplir con los requerimientos del país de destino.
Requisitos de ingreso vía terrestre:
Toma de temperatura, registro de información personal para seguimiento y monitoreo y uso obligatorio de mascarilla para personas mayores de 2 años.
Se establecerán medidas para realizar proceso fluido, sin aglomeraciones.
Revisión de constancia de resultado de prueba PCR negativa con 72 horas máximo de haberse realizado.
Solicitar información mínima de salud pública a todas las personas que ingresan por el punto de entrada y registrarla en el formato establecido.
Quienes sean identificados como casos sospechosos, según nivel de gravedad, deben ser trasladados a servicios de salud para evaluación médica.
Transportarse vía Marítima: Poner al tanto a las personas acerca del registro de información personal para seguimiento y monitoreo, es obligatorio el uso de mascarilla, si se presenta cualquier síntoma respiratorio la persona no deberá embarcarse.
24 horas previas al arribo, las autoridades del barco enviarán una declaración preliminar de sanidad marítima y el registro de la temperatura de los pasajeros y tripulantes de las últimas 24 horas y una declaración de que no tienen sospechosos al Covid-19 a bordo.
En coordinación con la capitanía del puerto se realizará evaluación rápida de riesgo de acuerdo con el reglamento sanitario internacional respondiendo a un cuestionario.
Si se determina algún riesgo para la salud pública, el barco no atraca, el capitán del puerto junto con un agente naviero y el médico de sanidad marítima realizarán visita en fondeo para determinar las acciones a realizar.
Según nivel de gravedad debe definirse el servicio de salud al que será trasladado para evaluación médica completa, toma de muestra y establecimiento de medidas de salud pública.
Los extranjeros con caso sospechosos deberán de quedarse en aislamiento dentro del barco.
Según el período de estancia del barco en el territorio nacional, evaluar la toma de muestra de antígeno o PCR.
En coordinación con servicios médicos de la empresa portuaria, realizar la medición de temperatura a todos los pasajeros y tripulación.
Uso de mascarilla
De acuerdo a los resultados de la investigación epidemiológica del médico a bordo, la tripulación y pasajeros extranjeros identificados como contactos hacen la cuarentena a bordo.
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