El Ministerio de Salud publicó el día martes en el Diario Oficial de Centro América el acuerdo ministerial 229-2020, con el que se establecen las medidas para la reapartura segura de centros comerciales, hoteles, transporte turístico, parques, bares, centros de diversión nocturna, eventos, ferias, conciertos y actividades de culto.
Entre dichas disposiciones se encuentran el que los lugares que no son al aire libre tengan el aforo de 10 metros cuadrados por persona, cuenten con ventanas que puedan ser abiertas para permitir la ventilación natural, que exista una distancia de seguridad entre personas de 2.5 metros.
Estas medidas comenzarán a partir del jueves 1 de octubre.
Otras de las disposiciones es que no se contempla continuar el estado de calamidad, por lo que el toque de queda finalizado.
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El acuerdo gubernativo 151-2020 establece que se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a domingo de las 21:00 horas a 6:00 horas del día siguiente, tanto en discotecas, bares, hoteles, supermercados y otros establecimientos.
Los establecimientos que incumplan estas disposiciones tendrán una multa de 100 mil quetzales, y se podría cancelar su patente. Las personas individuales tendrán una multa de 5 mil quetzales.
Se exceptuará las celebraciones como fiestas navideñas, fin de año, los días 24, 25, 31 de diciembre y el 1 de enero del siguiente año.
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